A pesar de que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inconstitucional la ley de cierre de Aerolíneas, la jueza de concursos que tramita la liquidación judicial de Pluna, Teresita Rodríguez Mascardi, declaró que los siente aviones Bombardier CRJ-900 de Pluna no podrán ser traspasados a la masa concursal.
“Es necesario que la corporación emita una sentencia que favorezca a todos los acreedores y no solo a tres como ocurre actualmente, al menos que el gobierno derogue otra norma”, apuntó la magistrada Rodríguez Mascardi.
De esta forma, las aeronaves, que representan el patrimonio de la empresa, han sido excluidas del proceso concursal que se había iniciado luego de la aprobación de la Ley 18.931 en julio del 2012 para liquidar Pluna y crear el fideicomiso que pasó a administrar dichos aviones.
Un grupo de tres acreedores de Pluna se presentaron ante la SCJ reclamando la inconstitucionalidad de la ley. Ante esto la corporación les dio la razón en el entendido de que la norma los perjudicó al crear un mecanismo especial de liquidación.
De otro lado, la Asociación Uruguaya de Peritos (AUPE), que ejerce la sindicatura en el proceso concursal y representa los intereses de todos los acreedores, presentó un recurso de inconstitucionalidad global en nombre de todas las personas físicas y jurídicas que reclaman créditos a Pluna.