La Aeronáutica Civil decidió extender por cuatro (4) meses más, la medida que busca exigir la presentación de la copia del original del Registro Civil de los menores de 0 a 7 años, al momento de viajar por modo aéreo en vuelos nacionales.
La medida se aplazará hasta el 26 de agosto de 2018. El documento que las aerolíneas exigirán es la copia del original del Registro Civil, es decir, la copia del original, la que expiden las entidades registrales como la Registraduría Nacional del Estado Civil, notarías y consulados colombianos en el exterior.
La copia del original del Registro Civil no tiene fecha de vencimiento, se podrá usar de manera indefinida siempre y cuando esté en buenas condiciones y ningún funcionario de seguridad de los aeropuertos podrá retenerla. Mientras entra en vigencia esta medida, los menores de 0 a 7 años podrán seguir viajando, por modo aéreo, presentando los siguientes documentos de identificación: copia del original del registro civil, fotocopia del registro civil, carné de salud o carné estudiantil.
Como lo informó REPORTUR.co, el 26 de abril era la fecha inicial planteada por la Aerocivil exigir a los padres o adultos responsables de menores entre 0 y 7 años que viajen, la fotocopia autenticada del Registro Civil. (Aerolíneas exigirán nuevo requisito para transportar menores de edad).
De acuerdo a la Aeronáutica Civil, el requisito surge por el fortalecimiento de las medidas de identificación de los colombianos, entre ellos las de los menores de edad, que Registraduría Nacional del Estado Civil ha establecido, y con el fin de proteger a los menores de edad y tener un mejor control de tránsito sobre los mismos, vía aérea.