La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) acaba de reformular y publicar en el Boletín Oficial el régimen de reintegro del Impuesto al Valor Agregado (IVA) que beneficia a los turistas extranjeros.
El nuevo régimen de información será online y los comerciantes adheridos deberán constatar la condición de turista mediante pasaporte o credencial que entrega migraciones, cada vez que efectúen ventas por un importe igual o superior a $70 de bienes gravados producidos en el país que contengan la leyenda productos sujetos a reintegro.
El documento o factura que se emita deberá contemplar un espacio destinado a la descripción del bien vendido, acompañado por la leyenda “Bienes gravados producidos en el país”.
Ante este nueva normativa, los hoteleros están expectantes que un giro de esta clase pueda darse en su rubro, que hace tiempo viene cuestionando las políticas tributarias; de las que quisieran tener un modelo similar al de Uruguay que ha profundizado sus mecanismos para atraer a sus mercados en baja, incluyendo al argentino.