DECRETO 660, DEL 23 DE ABRIL DE 2016

Gobierno reglamenta la devolución del IVA a los turistas extranjeros


R. R. | Bogotá | 28 de abril de 2016 4 comentarios


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El Gobierno Nacional reglamento la devolución del impuesto del IVA a los turistas no residentes en el país por medio del decreto 660, del 23 de abril de 2016.

El decreto señala que el visitante extranjero no residente en Colombia se identificará con el sello de inmigración estampado en el pasaporte, documento de viaje. Andina Migratoria (TAM) o de Mercosur donde consta el (fecha del ingreso, días de permanencia autorizados y/o tipo ingreso) del visitante no residente en Colombia o en la forma que señale Ministerio de Relaciones Exteriores.

Igualmente, en el decreto especifica que los nacionales colombianos que tengan doble nacionalidad no se consideran visitantes extranjeros no residentes en Colombia y por ende no tienen derecho a devolución del impuesto sobre las ventas previstas en este Decreto.

Los visitantes extranjeros no residentes en Colombia podrán solicitar la devolución del IVA por estos servicios cuando su valor, incluido el IVA, sea igual o superior a diez Unidades de Valor Tributario (UVT). La reglamentación  acoge los servicios prestados por las agencias de viaje, guías de turismo y alojamiento, cuando no forman parte de paquetes o planes vendidos por agencias u hoteles inscritos en el Registro Nacional de Turismo, cuyo pago haya sido efectuado vía electrónica o en efectivo.

Por otro lado, se benefician los servicios de restaurantes bajo franquicia, transporte terrestre automotor, arrendamiento de vehículos, así como mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas con sus partes y piezas, entre otros, adquiridos en establecimientos de comercio ubicados en las Unidades Especiales de Desarrollo Fronterizo.

El valor máximo de impuesto a devolver por persona será hasta por un valor equivalente a cien UVT. Para efectos de la devolución del impuesto, el turista extranjero debe presentar personalmente a la Dian, al momento de salir del país, el formulario de devolución debidamente diligenciado, pasaporte y fotocopia del documento que acredita su estatus migratorio. La devolución se hará mediante abono a la tarjeta de crédito internacional, expedida en el extranjero y se descontarán los costos financieros y gastos de avisos en se incurra.

REPORTUR.co había anunciado la medida hace algunos meses, donde se decía que los turistas extranjeros podrían reclamar la devolución del 100% del IVA en las ventanillas de la DIAN de los aeropuertos, allí tendrán que presentar sus facturas. Igualmente el Gobierno buscaría convenios con entidades financieras, para que estos visitantes puedan hacer el trámite en otros puntos de las ciudades. Adicionalmente la Ministra anunció que se estudiará la exoneración del IVA para los servicios que más consumen los turistas y que podría quedar listo para antes de diciembre, lo que hoy incluye la reglamentación. (Habrá devolución de 100% del IVA a los turistas extranjeros).


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    Julio
    7 años

    Me parece que este decreto es una chapuza y una discriminación porque se da un privilegio al extranjero ha llevarse los artículos frente a los colombianos que no residen en colombia y que tienen doble nacionalidad y que no tributan en ccolombia. Me parece una vergüenza y una chapuza. Quienes aprobaron este decreto no se en que estarian pensando.

    Francis
    7 años

    Estoy de acuerdo que para promover el turismo en Colombia, haya una devolución de impuesto turístico… lo que no estoy de acuerdo como Colombiana residente hace 16 años en España y con doble nacionalidad, vaya a Colombia como turista a conocer ciudades a las que nunca he ido y me toque pagar el iva turístico… Realmente, ahora soy turista en Colombia!

    Sandra
    7 años

    Soy argentina, estuve desde el 22 de octubre hasta el 01 de noviembre, hermoso todo!!! pero este decreto es falso porque con la cantidad de requisitos que tiene no hacen devolucion de nada.
    La cantidad de articulos por los que hacen la devolucion es minima!!! Ademas de tener que ir a armar la maleta al aeropuerto, algo increible!!! Porque hay que enseñar articulo con factura.
    Rogaria que la DIAN comunique mejor el tema a sus comerciantes ya que en todos los negocios que compre hacian esa publicidad y al llegar a la DYAN en el aeropuerto no era asi!Gracias

    Christian
    6 años

    Van 6 meses de que aprobaron la devolución y nunca me depositaron en la tarjeta, es pura mentira





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